Vero Vero
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Vero Vero
@verokamchatka.bsky.social
Un día entendí de lo que se trataba vivir.
Pensando bien, es posible que con tantos partidos tras personería, el criterio puede buscar mayor competencia y menor limitación en Elecciones.

Aún así es problemático porque:

a) Va contra lo señalado en la Ley.
b) Abre la puerta a impugnaciones ante el ilegítimo TCP.

(5/5)
February 5, 2025 at 4:29 PM
El TSE va a tener que explicar ampliamente el criterio por el cuál se ha tomado esta decisión.

Y, claro, falta que conozcamos la Resolución y argumentos que señalarían esta nueva fecha y el rechazo a una impugnación que se le había hecho a APB-Súmate.

(4/5)
February 5, 2025 at 4:29 PM
Todos esos casos son Constitución de partidos, salvo el de APB-Súmate (de Manfred) que es un caso de Conversión (de agrupación a partido).

Va lo que señala la Ley 1096 sobre los PLAZOS de existencia que deben tener todos los partidos ANTES de la CONVOCATORIA a Elecciones.

(3/5)
February 5, 2025 at 4:29 PM
Esta decisión afecta a partidos de reciente existencia o que hoy buscan personería jurídica, estos son los partidos de:

- Manfred (con personería desde 05/12/24)
- Eva Copa (más cerca de buscar una personería)
- Chi Yung Chun (recogiendo firmas)
- Capitán Lara (en firmas)

(2/5)
February 5, 2025 at 4:29 PM